El Obispo muestra a través de un Decreto su deseo que se constituya en todas las parroquias estos Consejos
El Código de Derecho Canónico establece en el can. 536 que si es oportuno, a juicio del Obispo, se constituya en cada parroquia un consejo pastoral presidido por el párroco y en el que los fieles presten su colaboración para el fomento de la actividad pastoral.
En la diócesis de Córdoba ya existen este tipo de Consejos en algunas parroquias. El Obispo, a través de un Decreto, ha mostrado su deseo de que se constituya un Consejo de Pastoral Parroquial en todas y para favorecer su funcionamiento, ha promulgado unas “Normas diocesanas para los Consejos de Pastoral Parroquial”, con las que se derogan las directrices que existían y que han estado vigentes hasta ahora.
Adjuntamos el documento completo.
NORMAS DIOCESANAS PARA LOS CONSEJOS DE PASTORAL PARROQUIAL
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