UCV, 14 MAYO.- Grandes expertos internacionales analizarán los días 15 y 16 de mayo en el campus de San Juan y San Vicente (Jorge Juan, 18), y con motivo del primer centenario de su publicación, distintos aspectos del Código Pío-Benedictino de 1917, en las XV Conversaciones Canónicas de la Facultad de Derecho Canónico de la Universidad Católica de Valencia (UCV).
El papa san Pío X en 1904 creó una comisión para la redacción del Código de Derecho Canónico, que tras doce años de trabajo fue promulgado por su sucesor, el papa Benedicto XV, el 27 de mayo de 1917. Por este motivo se conoce como Código Pío-Benedictino, el primer código de derecho canónico de la Iglesia.
El encuentro, que inaugurará a las 17.30 horas del lunes 15 el cardenal arzobispo de Valencia y gran canciller de la UCV Antonio Cañizares, tendrá como primer ponente al cardenal Antonio Rouco Varela. En su ponencia de las 18 h., el cardenal emérito reflexionará en torno al trasfondo eclesiológico de los códigos de 1917 y de 1983.
También la primera jornada del encuentro internacional, Carlo Fantappie, profesor de la Universidad de Roma Tres, disertará a las 19.15 sobre el Código Pío-Benedictino en la historia del derecho de la Iglesia.
La sesión del martes comenzará con la ponencia de las 10 h. de Enrique de León, juez-auditor del Tribunal de la Rota de la Nunciatura Apostólica de España, que expondrá las aportaciones significativas del Código de 1917 a la legislación procesal.
La última de las intervenciones corresponderá a Juan Damián Gandía y Jaime González Argente, profesores de la Facultad de Derecho Canónico de la Universidad Católica de Valencia. Ambos realizarán una síntesis de la influencia de la Constitución Apostólica Sapienti consilio de San Pío X en el Código de 1917.
Código Pío-Benedictino
El programa de las Conversaciones tienen en esta XV edición posee un carácter conmemorativo, merced al centenario del Código Pío-Benedictino y, por tanto, subraya el valor de la historia del Derecho Canónico, según expone Jaime González Argente, secretario de la Facultad.
Así, González Argente relata que las leyes y otras disposiciones en el derecho canónico antiguo se contenían en colecciones, bularios y actas. El Código de Derecho Canónico de 1917 es expresión de la llegada al ámbito eclesial del fenómeno universal de la codificación legislativa, que se inició con Napoleón en Francia.
El último periodo de la historia del derecho canónico ha quedado marcada por la codificación en la que el derecho de la Iglesia ha logrado expresar toda la riqueza de su contenido en expresiones claras, sencillas y sintéticas, añade el secretario de la Facultad de Derecho Canónico.
Fuente original: http://www.archivalencia.org/contenido.php?a=6&pad=6&modulo=37&id=15420&pagina=1